Los elementos básicos del Derecho son tres: Sujeto, Objeto y Relación Jurídica
Sujeto
Solamente puede ser una persona individual o colectiva definido como el “titular de los deberes y derechos subjetivos” o sea: “el ser capaz de contraer derechos o adquirir obligaciones”. El sujeto de la relación jurídica se clasifica también en sujeto activo y sujeto pasivo.
a) Sujeto activo. Es el titular de la facultad concedida por Ley.
b) Sujeto pasivo. Es el beneficiario de la prestación a la que está obligado otro individuo o la colectividad y el que está obligado frente a otro sujeto activo cumplir en su favor una determinada prestación.
Objeto
“Es aquello sobre lo que se exterioriza el diverso poder del sujeto”. Dicho de otra manera, el objeto de la relación jurídica “es el contenido del derecho subjetivo”, por ejemplo un determinado bien, una prestación debida, un negocio jurídico.
Relación jurídica
La relación jurídica es el vínculo o nexo de derecho originado en un Acto o Hecho Jurídico que liga a dos o más sujetos con una prestación o deber sobre cierto bien u objeto. Las relaciones jurídicas se ejercen únicamente entre personas y para su formación es imprescindible la existencia de dos elementos más: Sujeto y Objeto de la Relación jurídica.